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Análisis

La pena capital y la ambigüedad geopolítica de la muerte

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Por Yakzan Takki
Publicado sep 2, 2026 - 11:34

Líbano da un paso importante hacia la protección del derecho individual a la vida mediante la abolición de la pena de muerte, en un momento en que la región vive al ritmo de las noticias de guerra, muerte y destrucción, en una realidad que por momentos parece una ejecución colectiva del ser humano.

La abolición de la pena de muerte no es una simple modificación jurídica ni una medida legislativa. Es un acto en favor de los derechos humanos que coloca el derecho a la vida por encima del derecho del Estado a castigar y toma partido por el individuo frente al poder de dar muerte. Desde esta perspectiva, la decisión de Líbano de avanzar por este camino adquiere una relevancia que trasciende el propio texto legal al reforzar la protección de la persona. Abolir la pena de muerte equivale así a reconocer que el Estado no debería matar en nombre de la ley, mientras las guerras, los conflictos y los colapsos políticos y sociales convierten la muerte en una práctica cotidiana, tanto dentro como fuera de la legalidad.

Ahí radica la importancia de la iniciativa libanesa, después de una moratoria de facto sobre las ejecuciones vigente desde 2004, en una región donde rara vez se respetan los derechos humanos. El ministro libanés de Justicia, Adel Nassar, calificó la abolición de la pena capital como «un mensaje esencial en favor de los derechos fundamentales».

Entre los Estados miembros de la Liga Árabe, Yibuti eliminó la pena de muerte de su Código Penal en 1995, aunque el país se encuentra en el Cuerno de África. En Medio Oriente, Israel abolió la pena capital para los delitos comunes en 1954, aunque la mantuvo para una serie de delitos excepcionales, entre ellos la traición en tiempo de guerra, el genocidio, los crímenes de lesa humanidad y los crímenes contra el pueblo judío.

En marzo pasado, la Knéset israelí aprobó una ley que impone la pena de muerte para ciertos homicidios clasificados como delitos terroristas cometidos por habitantes de Cisjordania, con exclusión de los ciudadanos israelíes y de los residentes de Israel, y con la posibilidad, en determinadas circunstancias excepcionales definidas por la justicia militar, de sustituirla por cadena perpetua. Impulsada por la extrema derecha, esta orientación recuperó impulso político después de la guerra que siguió al 7 de octubre de 2023. En la práctica, su aplicación está dirigida principalmente a los palestinos sometidos a tribunales militares. Organizaciones israelíes e internacionales de derechos humanos han criticado esta medida, al considerar que consagra un sistema de justicia de dos niveles.

No se trata únicamente de una filosofía basada en la defensa de los derechos humanos, sino de afirmar que la vida humana no pierde su valor a causa de un delito, ni por la pertenencia de una persona, ni por su posición política, confesional, geográfica o étnica. En una región donde el ser humano suele quedar reducido a una cifra dentro de balances de víctimas que se cuentan por miles, defender el derecho individual a la vida se convierte en una postura política en el sentido más pleno.

La paradoja, sin embargo, consiste en que la abolición de la pena de muerte se produce en un entorno regional donde la muerte se inflige a gran escala. El paso de la ejecución individual llevada a cabo por el Estado en virtud de una sentencia judicial a la ejecución colectiva producida por las guerras y la violencia constituye una de las contradicciones que mejor revelan la crisis de un Medio Oriente violento.

Por ello, la abolición de la pena capital no debería considerarse como el final del debate, sino como el punto de partida de una pregunta más amplia: ¿cómo transformar el derecho a la vida, de un principio jurídico que protege al individuo frente al Estado, en un valor político y moral capaz de proteger al ser humano frente a la guerra, la violencia, el autoritarismo y el colapso del Estado?

Esta es la ambigüedad geopolítica de la muerte.

En Siria se han dictado sentencias de muerte en ausencia contra el expresidente Bashar al-Assad por homicidio premeditado, tortura, detención arbitraria y crímenes de lesa humanidad, entre otras acusaciones relacionadas con la guerra que libró contra su propio pueblo durante casi catorce años. Junto con él, también han sido condenadas figuras centrales de su régimen implicadas en asesinatos masivos, desplazamientos forzados y tortura de prisioneros, en el contexto de una transición política profundamente ambigua en la que el concepto de justicia se mezcla con los imperativos de la venganza política y el ajuste de cuentas.

En Israel, la muerte adopta otra forma. La violencia se ejerce en contextos descritos como terrorismo, mientras la muerte del ser humano palestino se convierte en un instrumento del conflicto existencial y de seguridad.

Todo ello vuelve aún más compleja la cuestión, pues la muerte y la ejecución adoptan formas diferentes cuando la propia muerte se convierte en un instrumento político. Sin embargo, al final, el ser humano sigue siendo el eslabón más débil.

Mientras Líbano avanza hacia la abolición de la pena capital, a su alrededor y en su propio territorio siguen produciéndose asesinatos, ejecuciones y atentados fuera de la lógica de la soberanía del Estado y de la ley, o bajo distintas justificaciones políticas y de seguridad. Sin embargo, el principio de civilización supone que nadie puede atribuirse ese derecho de manera absoluta.

Pero ¿qué significa la justicia en tiempos de guerra y convulsión? ¿Y qué forma de rendición de cuentas puede realmente alcanzarse mientras continúan los crímenes y los arreglos políticos y financieros?

La abolición de la pena abre, pese a todo, nuevos horizontes para la justicia. Líbano puede ahora renovar su solicitud de extradición de Igor Grechushkin, ciudadano ruso-chipriota que operaba el Rhosus, el buque que transportó el nitrato de amonio relacionado con la explosión del puerto de Beirut en agosto de 2020. Un tribunal búlgaro había rechazado su extradición al considerar insuficientes las garantías libanesas de que no sería sometido a la pena de muerte. Con la abolición de la pena capital, desaparece uno de los principales obstáculos jurídicos para presentar una nueva solicitud de extradición.

Con la esperanza de convertirse en un ejemplo regional, Líbano también estudia la posibilidad de negarse a extraditar a Siria a antiguos responsables del régimen que serían juzgados ante tribunales que continúan dictando sentencias de muerte, si logra hacerlo frente a la magnitud de las injerencias extranjeras.

Desde esta perspectiva, la abolición de la pena de muerte deja de ser una simple cuestión penal. Se convierte en una posición coherente frente a una cultura política que hace de la muerte un medio para reproducir el poder o eliminar a los adversarios. La diferencia entre la ejecución y la violencia política no siempre radica en el resultado, sino en la autoridad que se concede a sí misma la legitimidad para llevarla a cabo.

La pena de muerte desaparece de la ley, pero sobrevive dentro de una geopolítica en la que se practica bajo otras formas.

En principio, la abolición de la pena capital es un acto democrático y jurídico, y también se inscribe en el principio de misericordia presente en la mayoría de las religiones reveladas. Pero esto, por sí solo, ya no basta para calificarla como un acto democrático. La democracia no se mide únicamente por lo que hace el Estado dentro del Parlamento o del tribunal que sustituye una condena a muerte por cadena perpetua, sino también por su capacidad de proteger la vida fuera de esos espacios.

La democracia no consiste únicamente en impedir que el Estado ejecute a una persona en virtud de una sentencia judicial. También exige crear las condiciones políticas, sociales y económicas que permitan proteger efectivamente la vida humana frente a la guerra, la pobreza, la hambruna, las explosiones, el colapso y el desplazamiento.

Por lo tanto, el desafío ya no se limita a abolir la pena capital, sino también a eliminar las condiciones que convierten la muerte en algo ordinario, repetitivo y aceptable, como si fuera una parte natural de la vida política.

En los conflictos del Cuerno de África, en las guerras de Medio Oriente y Ucrania y en medio de las ejecuciones masivas o cada vez más frecuentes en Irán, se amplía la distancia entre el derecho jurídico a la vida y la realidad del ser humano. Es ahí donde queda expuesta la crisis del propio Estado.

¿De qué sirve reconocer el derecho humano a la vida si la política es incapaz de proteger a las personas frente a todas las formas de muerte política, militar, social y económica?

La muerte ya no es una excepción en esta geografía. Está presente en la guerra, el terrorismo, la hambruna, la pobreza, el desplazamiento y el colapso económico, en sociedades expuestas a toda forma de vulneración.

Defender la vida se convierte entonces en algo más que defender un derecho jurídico. Significa defender la posibilidad misma de que el ser humano pueda llevar una vida normal, sin guerra, sin miedo, sin hambre y sin esperar constantemente la muerte cuando abandona su país para escapar de ella, solo para encontrarse frente al mar, las fronteras, los centros de detención, las prisiones o los alambres de púas que lo acompañan de una capital a otra.

La migración misma se convierte así en parte de la cuestión democrática. Quien abandona su país en busca de la vida debería ingresar en un espacio más seguro, pero puede terminar atrapado en un sistema de fronteras cerradas, detención, deportación y explotación. Su derecho a la vida queda suspendido entre dos Estados: el que lo empujó a marcharse y el que se niega a recibirlo.

La muerte ya no es una excepción. Es guerra, ejecución, terrorismo, hambruna, pobreza, colapso, incendios e inundaciones. Incluso quienes huyen de la muerte no necesariamente logran escapar de su geografía.

Pueden pasar de la guerra al mar, del mar a una frontera, de una frontera a un centro de detención y de un centro de detención a otra prisión, como en los casos de presos islamistas radicales trasladados por avión desde Alemania a cárceles sirias donde fueron torturados.

Es como si las propias prisiones ya no fueran siempre lugares fijos. Se han convertido en trayectorias móviles en las que cambia la geografía, pero no cambia la condición humana.

Por ello, la cuestión ya no consiste simplemente en abolir la pena de muerte. Consiste en recuperar la posibilidad misma de una vida normal: permitir que el ser humano viva, se desplace, cruce fronteras, disienta, proteste y se rebele sin que ninguno de esos actos pueda convertirse en un camino potencial hacia la muerte.

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